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CREACIÓN DE EMPRESAS

"Emprendedor, embárquese en nuevas empresas, pero siempre con un buen asesor contable"

CREACIÓN DE EMPRESAS

Ofrecemos servicios de asesoramiento para la creación de la mejor estructura empresarial para su negocio.

Andorra es una es una de las jurisdicciones más atractivas de Europa

 

  • Tipos impositivos reducidos o tributación cero

  • Marco jurídico y fiscal convergente con la UE y la OCDE

  • Alternativas y vehículos de inversión flexibles y eficientes

  • El marco normativo andorrano cumple con el estándar internacional de transparencia y de intercambio de información en materia tributaria

Los 2 modelos de sociedades andorranas

La Sociedad Limitada (SL)

Capital mínimo 3.000 euros

La Sociedad Anónima (SA)

Capital mínimo 60.000 euros

Requisitos: obtención de la autorización de INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA

Documentación necesaria para un PARTICULAR

  • Fotocopia del pasaporte de la persona que solicita con la apostilla de la Haya

  • Certificado de antecedentes penales del país de origen y de la última residencia con la apostilla de la Haya

Documentación necesaria para una SOCIEDAD

  • Fotocopia con la apostilla de la Haya de la escritura de constitución

  • Fotocopia del pasaporte de los representantes o apoderados de la sociedad con la apostilla de la Haya

  • Fotocopia de la escritura de poderes de los representantes o apoderados de la sociedad con la apostilla de la Haya

  • Certificados de antecedentes penales del país de origen y de la última residencia de los representantes o apoderados de la sociedad con la apostilla de la Haya

  • Un ejemplar original de la certificación de la junta que acuerden la inversión extranjera que se solicita.

  • Fotocopia de la resolución conforme se ha obtenido la autorización del AFA prevista en el artículo 5.3 de la Ley 35/2010, del 3 de junio, de régimen de autorización para la creación de nuevas entidades operativas del sistema financiero andorrano

  • En su caso, documentación identificado a de todas las entidades públicas de soberanía extranjera que pretenden ser titulares de la inversión extranjera, en el que se especifique su relación con el sector público del país de origen de la inversión, y el grado de influencia o control en la gestión de la entidad inversora.

Importante: Todos los documentos que no estén redactados en catalán, francés o castellano deben ir acompañados de una traducción jurada.

OPTIMIZAMOS SU NEGOCIO

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